Te despido

No estoy conforme

Si te encuentras con que te despiden, firma, al ladito pon "No conforme" y la fecha.

Pero a veces insistimos tanto en lo del #NoConforme que la gente llega a pensar que si no lo pone ya no se puede reclamar. Y eso no es así... ¿Cuándo sí y cuándo no? Os lo cuento. 👇👇

Cuando nos encontramos con un despido normalmente hay dos documentos, la carta de despido (donde explica los motivos del despido) y el finiquito; el finiquito suele ser un documento con un cuadro en el medio donde desglosa lo que nos pagan. El problema suele estar aquí en el finiquito, donde suelen incluir expresiones de tipo "con la firma de este documento y el percibo de estas cantidades se da por saldada y finiquitada la relación laboral sin nada más que reclamar". De aquí que sea importante poner #NoConforme

¿Puedo reclamar si no he puesto #NoConforme? Normalmente sí. El motivo es que si firmamos que renunciamos a reclamar estamos renunciando al derecho básico de acudir a los tribunales, lo que en derecho laboral llamamos un derecho indisponible.

¿Es válido que un trabajador renuncie a ir a los tribunales a reclamar? Quizás lo veáis más claro si os preguntáis si es válido que un trabajador firme que no tendrá vacaciones; ¿Verdad que no? Pues bien, en reclamar a la empresa por el despido no es tan claro. Lo que nos dice la jurisprudencia es que la firma de la renuncia a reclamar por el despido (es decir, firmar sin poner #NoConforme) es válida y legal (y no supone una renuncia de derechos indisponibles) cuando el acuerdo tiene carácter transaccional. ¿Qué es esta palabreja?

Que tenga carácter transaccional significa que hayamos firmado esa renuncia a cambio de algo: casi siempre dinero. Por lo tanto, ¿dónde está la clave en si se puede reclamar o no? En si te están pagando alguna cantidad indemnizatoria por encima de lo legalmente previsto.

Vayamos a lo práctico; si te encuentras con un despido lo normal es que sea por causa disciplinaria o por causa objetiva. En la disciplinaria legalmente no tienen que pagarte nada hasta que reconozcan que el despido es ilegal; en el objetivo, aunque sea legal, 20 días por año trabajado. Por lo tanto, si en un despido disciplinario (legalmente indemnización 0€) nos incluyen en el finiquito una indemnización por encima de lo legal y firmamos, el juez va a entender que a cambio de quedarte esa indemnización el trabajador renuncia a reclamar. Ambos salen ganando.

En cambio, si en un despido disciplinario en el finiquito no hay ninguna indemnización, aunque no pongamos el #NoConforme podremos reclamar igual, porque estamos renunciando a un derecho nuestro a cambio de nada. Por eso casi siempre se podrá reclamar sin poner el #NoConforme

Hay que tener en cuenta que el empresario que hace un despido disciplinario es porque quiere ahorrarse la indemnización, por eso es raro ver indemnizaciones en finiquitos de despidos disciplinarios. Aunque últimamente estos meses vemos despidos donde la empresa reconoce la improcedencia y paga la indemnización en el finiquito. Supongamos una trabajadora embarazada donde le pagan la indemnización; si no pone el #NoConforme tendrá problemas para pedir la nulidad del despido.

Veamos otro ejemplo, con un despido objetivo. Imaginemos que los 20 días por año trabajado equivalen a 5.000€. Si en el finiquito hay 5.000€ y no ponemos el #NoConforme podremos reclamar igual, dado que no nos están pagando nada por encima de lo que corresponde legalmente. Sin embargo, si en vez de 5.000€ nos pagan 9.000€ en el mismo despido objetivo, el juez va a entender que nosotros a cambio de los 4.000€ extras renunciamos a pedir más dinero o la reincorporación. En este caso no podremos reclamar (o si lo hacemos, perderemos el juicio).

Es por este motivo que aconsejamos siempre poner el #NoConforme y que con más tiempo pueda analizar el despido un especialista en la materia. Pero si firmamos sin el #NoConforme no quiere decir que no podamos reclamar; en la mayoría de casos podremos hacerlo igualmente.

Y acabo con los consejos que siempre doy si sabéis o preveéis que os van a despedir:

1.- Comprueba que de todos los documentos que firmas hay dos copias, la que te quedas tú sellada por la empresa; la que se quedan ellos firmada por ti.

2.- Firma, #NoConforme y fecha

3.- Si te ofrecen dinero (suele ser cheque), cógelo. Si te condicionan darte el dinero a que firmes sin el #NoConforme mantén el #NoConforme y que se queden el dinero. Lo acabarás cobrando igual y con intereses. Además, el impago del finiquito es una infracción de la empresa.

4.- Graba la conversación con el móvil; a menudo reconocen verbalmente la causa real del despido sin que tenga nada que ver con lo que pone en la carta del despido. Es legal y no hace falta que lo sepa la otra parte que estás grabando. Te puede ayudar en el juicio más adelante.

Así que esto es todo. Siempre #NoConforme, pero si no lo pusiste, consulta con algún especialista; casi siempre se puede reclamar igualmente. Y recuerda, todo trabajador tiene derecho a Justicia Gratuita con independencia de los ingresos que tenga.

Para el caso en que te encuentres que la empresa te despide, dejo algunos consejos. Pero de entrada: NO, el despido no está prohibido por el Coronavirus (y creo que el Gobierno ha errado comunicativamente en esta cuestión). Ten en cuenta lo siguiente antes de consultar a un especialista:

1️⃣➡️ Comprueba que haya dos copias de cada documento. El que firmas tú se lo quedan ellos, el que te quedes tú que esté firmado o sellado por la empresa. No firmes nada si no hay copia para ti sellada.

2️⃣➡️ Firma, al ladito pon “No conforme” y la fecha en la que te lo entregan.

3️⃣➡️Si te ofrecen dinero, cógelo (normalmente en cheque). Si te lo condicionan a que quites el “No conforme”, mantenlo: es una práctica empresarial ilegal, y lo acabarás cobrando igualmente.

4️⃣➡️ Graba la conversación. Es legal, y no necesita saber la otra parte de la conversación que le estás grabando. A menudo reconocen las causas reales del despido, y que no tienen nada que ver con lo que pone en el papel.

5️⃣➡️ Te quedarán 20 días hábiles para impugnar. No cuentan sábados, domingos ni festivos. Y ojo, la suspensión de plazos por Covid19 ya ha finalizado. Recuerda, todo trabajador tiene derecho a Justicia Gratuita (turno de oficio), con independencia de lo que cobre.

Fuente: Legales sin fronteras